La nueva Ley de la Abogacía implanta un máster obligatorio
La aprobación de la Ley de Acceso a la Abogacía eleva la profesión a nivel europeo. Además del título de licenciado, el futuro letrado deberá realizar dos años de formación extra, así como superar una prueba estatal. El texto incluye que las prácticas constituirán la mitad del ciclo formativo y se garantizará la igualdad de oportunidades al ejercicio de la profesión con la concesión de becas y ayudas. Pero para ello habrá que esperar cinco años hasta que la ley entre en vigor.
Lourdes Gallardo - Redacción Mastermas - 27/10/2006

El texto garantiza los derechos de defensa y tutela judicial efectiva, un servicio de calidad en la asistencia letrada a los ciudadanos y se homologa la formación de los abogados españoles con la de los países de
El presidente del Consejo General de la Abogacía (CGAE), Carlos Carnicer, ha mostrado su satisfacción por la aprobación de
Con respecto a la preparación de los letrados españoles, Carnicer ha señalado que "son, en un 80%, profesionales excelentes o suficientemente formados". "Tan sólo un 20% de los colegiados no han completado su formación, después de acabar la licenciatura, a través de la pasantía o en las Escuelas de Práctica Jurídica".
Formación
Con la futura ley, los cursos de formación para abogados y procuradores podrán ser organizados e impartidos por universidades -públicas o privadas- y por escuelas de práctica jurídica, suprimiéndose de esta enumeración otros centros de formación práctica profesional para graduados en Derecho. Además, la ley recoge que lo previsto en el artículo 4 (a propósito de la formación universitaria para abogados) será de aplicación a los cursos de formación para el acceso a la procura.
Entre las novedades de la ley destaca el apartado sobre las prácticas externas en actividades propias de la abogacía o la procura, que constituirán la mitad del contenido formativo de los cursos en las escuelas de práctica jurídica.
Con esta ley se establece, asimismo, la garantía de igualdad de oportunidades para el acceso al ejercicio de las profesiones de abogado y procurador, mediante ayudas y becas para aquellos licenciados en Derecho que quieran obtener cualquiera de las titulaciones a las que se refiere
En concreto, quienes en el momento de la entrada en vigor de la ley se encuentren en posesión del título universitario de licenciado o de grado en Derecho, dispondrán de un plazo máximo de dos años, a contar desde su vigencia, para colegiarse como ejercientes o no ejercientes.
El presidente del CGAE aclaró que éste es un momento histórico para
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Más información:
Consejo General de la Abogacía
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